Redacción
PACHUCA, HGO.- Luis Ángel Tenorio Cruz, diputado local de Morena, planteó una iniciativa que reforma y adiciona el artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo con la finalidad de sustituir el término “preferencias sexuales” por el de “orientación sexual” incluyendo la identidad y la expresión de género como categorías de protección contra la discriminación.
En su exposición de motivos durante los trabajos de la sesión número 3 de la Diputación Permanente correspondiente el primer receso de la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo, el legislador morenista explicó que también, en materia de identidad y de expresión de género, se busca regular constitucionalmente el derecho a la libre determinación de la identidad y/o expresión de género de toda persona.
Indicó que la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 12, reconoce el derecho a la vida privada, en virtud del cual nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias; asimismo, el artículo V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, prevé que toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar.
Además, mencionó que, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, consagran la no intervención del Estado en la libertad del ser humano, reconociendo los siguientes derechos: Protección a la Integridad Física; protección a la Libertad Individual; y prohibición de la Tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
De acuerdo con la modificación propuesta al artículo 4 de la Constitución del Estado, se establece que: “En el Estado de Hidalgo, reconoce y protege el derecho a la vida. Queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico, nacional o regional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género, el estado civil, el trabajo desempeñado, las costumbres, la raza, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas”.
Asimismo, dispone que: “Toda persona tiene derecho a la libre determinación de su identidad y de su expresión de género. La discriminación y la intolerancia constituyen un agravio a la dignidad humana y un retroceso a su propia condición, que debe combatirse”.