José Antonio Alcaraz
PACHUCA, HGO.- A través de un oficio, Percy Leonardo Espinosa Bustamante, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Pachuca (SUTSM) hizo patente al alcalde Sergio Baños Rubio el pendiente de incremento salarial que se tiene a las y los trabajadores por los años 2023 y 2024.
Esta omisión del presidente municipal se da pese a que es una de las obligaciones pactadas en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes; por ello, se buscará que este año se llegue a un acuerdo satisfactorio para las y los trabajadores del municipio de Pachuca.
En la misiva con fecha del 25 de marzo pasado, Percy Espinosa recuerda al edil que en estas negociaciones y pláticas de incremento salarial, se debe considerar primordialmente el notable incremento en el precio de los bienes y servicios, que ha ocasionado la disminución del poder adquisitivo del salario de las y los trabajadores del municipio de Pachuca.
Cabe señalar que la revisión salarial se debió realizar en el mes de febrero del año en curso, es decir hace poco más de un mes, para así dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 54 de las Condiciones Generales de Trabajo. Sin embargo, esta revisión nunca se realizó.
Hace tiempo, en una conferencia de prensa, el edil de Pachuca dijo a los medios de comunicación que como solución solicitaría la mediación del presidente del Tribunal de Arbitraje en el Estado de Hidalgo, ofrecimiento que quedó en una mera intención.
“Es ineludible manifestarle que dicho evento no se encuentra regulado en nuestras Condiciones Generales de Trabajo y menos aún en la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Públicos Descentralizados del Estado de Hidalgo”, dijo Percy Espinosa en respuesta.
Explicó que lo anterior se debe a que esta solicitud de intervención no se ajusta a ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 114 de la citada ley, debido a que en ninguno de sus apartados contempla la intervención en el asunto del sindicato y el ayuntamiento.
‘CEDER A SU DESEO’ PARA ARREGLO SATISFACTORIO
Sin menoscabo de lo anterior, dijo el líder sindical, “es oportuno mencionarle que si la presencia de dicho funcionario público, va a influir en nuestras opiniones para acercamos a un arreglo satisfactorio, no tengo ningún inconveniente en ceder a su deseo”, dijo el líder sindical.
Sin embargo, continuó, “es oportuno que analice la fecha en que usted solicito su intervención y la compare con la fecha actual, en la cual no ha tenido la atención de aceptar o rechazar su invitación, y menos aún señalar fecha para reunimos, haciendo hincapié en que su participación será única y exclusivamente conciliatoria, sin estar sujetos a procedimiento legal alguno”.
El anterior argumento es para que el alcalde Sergio Baños tome en consideración que dicho funcionario, por el cumulo de actividades, “se encuentra muy ocupado y sobre todo que no está a su disposición para intervenir en el asunto que nos ocupa, independientemente de que como requisito de procedencia a ‘su capricho’, se requiere la anuencia del suscrito para reunimos amigablemente a efecto de que usted cumpla con su obligación y no ande prolongando el termino previsto en nuestras Condiciones Generales de Trabajo con la intención de dejar en manos del próximo Titular de H. Ayuntamiento, la solución del presente asunto”, dijo.
En relación a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipales, Percy Espinosa le hizo notar a Sergio Baños que “usted menciona, es importante hacerle notar la oscuridad de su argumento, ya que omite señalar que papel desempeña dicha ley, pues el suscrito en contravención a lo que usted pretende con la mención de dicha ley, le manifestaría que el artículo 123 Apartado A, Fracción VI, establece lo siguiente:
VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales y la Comisión Nacional de Derechos Humanos han determinado la Garantía de que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos».
Finalmente, los trabajadores sindicalizados invitaron al alcalde de Pachuca a realizar una lista de los bienes y servicios mínimos indispensables para cumplir con las necesidades normales que dicho precepto constitucional garantiza para una familia integrada, escasamente, por los padres y dos hijos, “para que usted se dé cuenta que ni con el incremento salarial solicitado se cubren tales derechos humanos”, concluyó.